Manual de capacitación para operadores de justicia durante la investigación y el proceso penal en casos de trata de personas
El fenómeno de la trata de personas y su problemática, así como la concurrencia con otras figuras penales afines, vienen siendo estudiados tanto por especialistas de los instrumentos internacionales vinculados a la prevención y represión de este delito como por la doctrina penal comparada. Esta situación contrasta con su incipiente tratamiento en la doctrina y la jurisprudencia penal nacional.
Por ello, la Organización Internacional para las Migraciones (OIM) y el Instituto de Democracia y Derechos Humanos de la Pontificia Universidad Católica del Perú (IDEH-PUCP) han considerado importante, dentro de sus fines y objetivos institucionales, contribuir con una mejor persecución del delito de trata de personas y otras conductas criminales concurrentes a través de la producción de un manual de capacitación dirigido a jueces y fiscales, para un mejor tratamiento judicial de este tipo de conductas delictivas.
Dado que uno de los principales obstáculos que enfrentan los operadores de justicia es la difícil comprensión del tipo penal de trata de personas, previsto en el artículo 153 del Código Penal, este manual inicia su capítulo 1 con un análisis de la literatura sobre trata de personas y se refiere a la polisemia de algunos de los conceptos y nociones que se utilizan en este delito y en otros tipos penales concurrentes con la trata.
En este punto se podrá constatar entonces que la propia expresión de «trata de personas» incluye, para algunos autores, la efectiva explotación (sexual o laboral) de las víctimas, mientras para otros especialistas esta última situación es sólo el objeto o finalidad de la trata. Incluso el propio concepto de explotación (sexual o laboral) puede tener, como veremos posteriormente, diversos alcances dependiendo de la perspectiva que se utilice. De la misma manera, resulta necesario esclarecer el concepto común de prostitución que puede aplicarse tanto a mayores como al caso de menores de edad. De otro lado, hay quienes incluyen dentro del concepto de trata el elemento «desarraigo» de la víctima, mientras que otros autores consideran que este elemento no resulta necesario para configurar una situación de trata de personas.
Finalmente, y sólo a manera de ejemplo, existe también confusión sobre los elementos que integran el concepto de proxenetismo. Nos referimos, por ejemplo, a la habitualidad o promiscuidad que algunos autores exigen para que nos encontremos ante un caso de prostitución o la dilucidación sobre el tipo de actividades que esta práctica supone, en particular, si la misma sólo implica actos de acceso carnal. Asimismo, es importante dilucidar si la prostitución presupone una situación de explotación de la persona prostituida, incluso en casos de que sea una conducta consentida, o si este tipo de explotación no es necesaria.
El esclarecimiento de estos y otros conceptos resulta esencial para comprender el alcance de la prohibición del delito de trata de personas y de las conductas prohibidas en otros tipos penales concurrentes tales como proxenetismo (art. 181 CP), rufianismo (art. 180CP), explotación sexual comercial infantil y adolescente (art. 181-A CP), favorecimiento a la prostitución (art. 179 CP), penalización de la relación usuario – cliente cuando la víctima es menor de edad (art 179-A CP), tráfico ilícito de migrantes-(art. 303-A CP).
Aclarados los conceptos, sobre la base de las definiciones y prohibiciones normativas esta blecidas en la legislación nacional y en algunos instrumentos internacionales de prevención y represión de la trata de personas y figuras afines, corresponde hacer, en el capítulo 2, un breve análisis sociológico del referido fenómeno de la trata. Esta sección presentará a fiscales y jueces el contexto criminológico en el que se manifiestan estos delitos en el Perú. En concreto, se analizará si la trata como fenómeno criminal debe presuponer necesariamente la existencia de grandes organizaciones criminales o si la realidad criminológica peruana es predominantemente diferente.
Al enfrentarnos a la temática de la trata, no basta con analizar la normativa nacional. Existen, por el contrario, numerosos tratados e instrumentos internacionales de prevención y represión de la trata de personas y de otras prácticas ilícitas concurrentes, que se suman a los ya existentes convenios para reprimir el crimen organizado vinculado a estos delitos, algunos de los cuales han sido firmados y ratificados por el Perú. El capítulo 3 aborda la problemática de la coexistencia de estos instrumentos, esclarece el ámbito de protección específico de estos tratados y, sobre todo, precisa el valor que nuestros jueces pueden apreciar en tales instrumentos internacionales para tratar este tipo de conductas.
Asimismo, resulta necesario analizar la tipificación realizada por el legislador penal perua no frente a la trata y otros comportamientos concurrentes. Este análisis, que será desarrollado en el capítulo 4, se verá facilitado con las delimitaciones conceptuales presentadas en la primera parte del presente trabajo. Será el objetivo de este capítulo determinar cuál o cuáles tipos penales – si existe un concurso de delitos – se aplican frente a un hecho concreto. A manera de ejemplo, resulta importante resulta dilucidar las diferencias y relaciones que se pueden presentar entre el nuevo delito de trata de personas y el delito de proxenetismo. Igualmente resulta necesario detenernos brevemente en los aspectos dog mático-penales del delito de trata de personas y de los demás posibles delitos concurrentes. Ello supone evaluar la naturaleza de los tipos penales, la calidad de sujeto activo y pasivo, el momento en que se consuma cada uno de dichos delitos y las formas de participación delictiva, entre otros temas del Derecho Penal aplicables a estos tipos penales.
Finalmente, el capítulo 5 presenta algunos aspectos procesales relacionados con la investigación y procesamiento de estos delitos. Aquí se esclarecerán algunos aspectos vinculados a la teoría de la prueba en el tratamiento de este tipo de conductas.
El documento, realizado con un alto rigor académico y presentado en un lenguaje amigable para su uso, es una herramienta valiosa para incidir en un mejor tratamiento de este tipo delictivo. La OIM y el IDEH-PUCP agradecen al Gobierno de Canadá por el invalorable apoyo para la realización de esta publicación. Ambas instituciones esperan que el presente manual contribuya a que los agentes del sistema de justicia encargados de la investigación de la trata de personas puedan procesar con mayor precisión conceptual este tipo de crímenes, que vienen siendo materia de análisis y persecución en todo el mundo y que, en el Perú, deben motivar una mejor actuación de todos los estamentos estatales.
Para leer el informe completo oprimir aquí.