Memoria del Evento “Explotación Humana en Escenarios Complejos”

Memoria del Evento “Explotación Humana en Escenarios Complejos”

Memoria del Evento “Explotación Humana en Escenarios Complejos”

Desde el 2014, el Estado peruano ha hecho un progreso significativo en las principales áreas para combatir la trata de personas: persecución, protección y prevención, incluyendo el rescate de las víctimas, en especial con fines de explotación sexual y laboral. En la actualidad, estos avances se ven vinculados a la lucha frente al trabajo forzoso y la explotación sexual como modalidades autónomas de explotación de personas, generando retos para la respuesta del Estado, especialmente a nivel regional y local.

CHS Alternativo, desde hace algún tiempo, plantea la importancia de promover un análisis que incluya los delitos vinculados a la explotación de seres humanos, pero que a la vez respete las particularidades de fenómenos que inclusive cuentan con una tipificación penal diferenciada, como la explotación sexual de niñas, niños y adolescentes, el trabajo forzoso, la esclavitud y otras formas de explotación. En específico, nos referimos a los artículos 153, 153-A, 153-B, 153-C, 168, 168-B, 179, 179-A, 180, 181, 181, 181-B, 182-A, 183-A, así como a las recientes modificaciones y agregados realizados el 2018, a través de la Ley N°30794, Ley N°30819 y Ley N°30838, entre otras.

En general, estos fenómenos comparten un elemento común: el objetivo de explotación de personas, en distintos grados, a través de diferentes modalidades, y con distintas finalidades. Sin embargo, no suele plantearse explícitamente cuál es la definición de “explotación” que se asume para este término. Por eso, suele recurrirse a la definición general de cada idioma, que para el caso peruano sería “utilizar en provecho propio, por lo general de un modo abusivo, cualidades o sentimientos de una persona, un suceso o una circunstancia cualquiera”.

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